ADMISIONES 2026 -2027
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Haz click aquí para acceder a la legislación oficial del proceso de escolarización para el curso 2026-2027 que va publicando la Consellería de Educación.
A continuación te lo desglosamos para que te quedes con lo más importante que necesitas saber:
Infórmate sobre el proceso
Información general para todas las etapas. En los Criterios de baremación encontrarás el desglose de puntos que se pueden disponer y que se tendrán en cuenta a la hora de resolver las admisiones.
Normativa
RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2026, DEL DIRECTOR GENERAL DE CENTROS DOCENTES📝
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2026, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se establece el calendario y se dictan instrucciones respecto al procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, para el curso 2026-2027.
ORDEN 8/2024, DE 24 DE ABRIL, DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN📝
ORDEN 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunidad Valenciana. [2024/3619]
DECRETO 48-2024, DE 13 DE ABRIL, DEL CONSELL📝
ANEXO I AL DECRETO 48-2024, DE 13 DE ABRIL DEL CONSELL📝
Decreto 48-2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana. [2024/3541]
RESOLUCIÓN DE 14 DE FEBRERO DE 20219 DE LA SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN📝
RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la cual se dictan instrucciones para su aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana ante varios supuestos de no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas. [2019/1651]
Criterios de baremación
Solicitud de admisión
CÓDIGO DE NUESTRO CENTRO 46009708
El proceso de matriculación en el centro resulta de vital importancia para la correcta incorporación del alumno/a en la vida colegial.
Ha de realizarse desde adminova, un portal que habilita la Consellería de Educación.
Circunstancia específica
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 36 del Decreto 48/2024, de 23 de abril, por el que se regula el proceso de admisión de los centros docentes públicos y privados concertados para el próximo curso, este centro asignara como máximo 1 punto, al alumnado en quién concurra cualquiera de las siguientes circunstancias específicas
Formaliza la matrícula
Una vez se ha resuelto favorablemente la admisión, deberás presentar la documentación acreditativa en el momento de venir presencialmente a formalizar la matrícula.
Para formalizar la matriculación, recibirá en su correo electrónico los documentos necesarios.
Plazas vacantes
Saldrán el día 7 de mayo para INFANTIL Y PRIMARIA y el 21 de mayo para EDUCACIÓN SECUNDARIA.
Zona de escolarización
Actualmente, Valencia está considerada como ZONA ÚNICA Es decir, por vivir en Valencia los puntos por zona son 10 puntos.
FAQS Preguntas frecuentes
– ¿Debo poner SAN JOSÉ HFI como primera opción si es mi centro de preferencia?
Si pones como primera opción nuestro colegio, no te resta posibilidades en la segunda y siguientes opciones en caso de no ser admitido en este centro.
Esto es así porque lo que cuenta es la mayor puntuación obtenida y no el orden de prioridades.
Por tanto, pasarías a competir en igualdad de condiciones, con tus mismos puntos, en las opciones siguientes hasta ser admitido en uno de los centros elegidos.
Por eso es muy importante el criterio de preferencia de centro.
Se pueden poner hasta un máximo de 10 preferencias.
– ¿Qué es el requisito académico?
Para la Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, se requiere que el alumno cumpla con el Requisito Académico, es decir, esté en condiciones de promocionar a la etapa siguiente.
Para ello, aquellos alumnos que hayan presentado solicitud para 1º de la ESO deberán solicitar en el colegio de origen cuando les den las notas a final de curso un Certificado de Promoción a la E.S.O. y entregarlo en el Colegio donde ha presentado la solicitud, en la fecha que se indique en la resolución de escolarización.
En el caso de 1º de Bachillerato, cuando finalicen 4º de la ESO, deberán solicitar un Certificado de Nota Media de la ESO para admisión y entregarlo en el Colegio donde ha presentado la solicitud, en la fecha que se indique en la resolución de escolarización.
El resto de cursos 2º, 3º y 4º de la ESO. y 2º de Bachillerato, deberán aportar en las mismas fechas un certificado académico que permita comprobar que están en condiciones de promocionar.
– ¿Cuáles son los criterios para otorgar el punto de libre disposición del centro?
Ver apartado «Circunstancia específica».
– Tengo una discapacidad, pero no tengo el certificado de Bienestar Social. ¿Puedo presentar la solicitud de discapacidad
como documento para que me cuente en la baremación?
Para acreditar la condición de discapacidad y ésta se pueda baremar, es necesario aportar el dictamen técnico facultativo que indica el tipo de discapacidad y el grado de la misma. Es en función del grado de la misma cuando nosotros podemos baremar. Téngase en cuenta además que la solicitud de discapacidad puede aprobarse o denegarse, por lo que no será válida para el proceso de admisiones.
-¿Cuáles son los límites de zona?
Valencia capital.
– ¿Dónde puedo consultar los centros de Valencia capital?
Haz click aquí en la web de la Generalitat , existe una consulta general de centros educativos.
– ¿Si no tengo acceso a medios digitales o a internet, qué hago?
Solo las personas que no disponen de acceso a internet o de un documento de identidad tienen que desplazarse a un centro educativo a hacer el trámite de forma presencial. Tienen que acudir al centro educativo que quieren marcar como primera opción. Para ello, hay que aportar el DNI, el NIE, el permiso de ciudadano de la Unión Europea o el pasaporte de la persona que realizará la solicitud (padre, madre o tutor/a legal).
